Franquicias y Permisos de Agua
Oprime AQUÍ para ver el Reglamento 6213
FRANQUICIAS
Reglamento #6213: Autorización escrita para el aprovechamiento de aguas superficiales, subterráneas y costaneras otorgadas por el Secretario. Una vez otorgada le concede a su poseedor el derecho a utilizar un volumen determinado de agua por un período de tiempo y sujeto a las condiciones allí dispuestas.
PERMISOS
Reglamento #6213: Autorización escrita otorgada por el Secretario a tenor con las disposiciones de los artículos 7, 9 y 10 de este reglamento para la construcción, sellado, limpieza, profundización o alteración a un pozo, toma o represa; o para la construcción u operación de un sistema de recarga y para la construcción u operación de un pozo de remedio o investigación ambiental.
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Created on 05/18/2005 04:18 PM by webmaster
Updated on 01/17/2007 09:28 AM by webmaster
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