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División de Seguridad Marina

División de Seguridad Marina

Descripción

Se declara política pública del Gobierno de Puerto Rico el propiciar y garantizar la seguridad a la ciudadanía en las prácticas recreativas marítimas y acuáticas, deportes relacionados y en el disfrute de las playas, lagos, lagunas y cuerpos de agua de Puerto Rico, así como proteger la fauna, la flora y otros recursos naturales y ambientales que puedan afectarse por las actividades recreativas o de otra índole que se desarrollen allí.

Con el propósito de cumplir con la responsabilidad de velar por el bienestar y la seguridad de los ciudadanos en sus actividades recreativas y de procurar que se mantengan condiciones bajo las cuales el ser humano y la naturaleza puedan coexistir en armonía, la División de Seguridad Marina toma las medidas de protección y seguridad necesarias, implementa y ejecuta planes que proveen las mejores condiciones, tanto para los ciudadanos que disfruten de estas áreas, como para los recursos naturales y ambientales existentes en las mismas.

Funciones

  • Instalar y proveer mantenimiento a los sistemas de seguridad marina y ayudas a la navegación a través de toda la Isla, incluyendo Vieques y Culebra.
  • Instalar letreros informativos relacionados a las áreas designadas para bañistas y a las no aptas para bañistas.
  • Evaluar solicitudes de eventos marinos para la aprobación o denegación de los mismos.
  • Evaluar las rutas y aspectos de seguridad de los negocios de alquiler de equipo náutico (motoras acuáticas, kayaks, paseadoras y otros), que pretenden operar en nuestras aguas territoriales y los que ya operan y pretenden renovar su Concesión. Luego de evaluar se emiten comentarios a la División de Bienes de Dominio Público Marítimo Terrestre quienes otorgarán la concesión, si procede, luego de completar la evaluación de las solicitudes.
  • Recibir los informes de accidentes marinos referidos por los agentes de orden público, o de las personas involucradas, con propósitos estadísticos los cuales se envían al US Coast Guard.

Formularios y Documentos Importantes

 

ORDEN ADM 2022-02 CUARTA EXTENSION DE VIGENCIA MARBETES EMBARCACIONES DE PLACER

ORDEN ADM 2021-01B ACTIVIDADES RECREATIVAS ACUATICAS

COMUNICACION NUM 2021-03B ACTIVIDADES RECREATIVAS ASOCIADAS A LAS MARINAS

Contacto

División de Seguridad Marina- Tel. (787) 999-2200 Ext. 2874, 2870, 2876 ó 2286

Fax (787) 999-2301

Para aclarar cualquier interrogante puede escribir al siguiente correo electrónico: navegacion@drna.pr.gov

 

¡EVITEMOS ACCIDENTES! …  CERO ALCOHOL MIENTRAS OPERAS UNA EMBARCACIÓN

Todo operador de embarcación o vehículo de navegación involucrado en un accidente deberá informarlo a las autoridades pertinentes. Así también deberá confeccionar un informe el cual someterá al DRNA. De no cumplir con lo anterior estará en violación a la Ley de Navegación y Seguridad Acuática de Puerto Rico, Leyes Federales y posibles violaciones al Código Penal de Puerto Rico.

 

 

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