La Oficina del Comisionado de Navegación se establece al amparo de la Ley Núm. 48 de 27 de junio de 1986 y fue enmendada por la Ley Núm. 430, siendo el Comisionado de Navegación el administrador de esta ley.
Es nuestro objetivo, en la Oficina del Comisionado de Navegación, el minimizar pérdidas de vida, lesiones personales, daños a la propiedad e impacto ambiental asociados con el uso de embarcaciones recreativas, mediante métodos efectivos de prevención, y así maximizar el seguro y pleno disfrute de las aguas de Puerto Rico.






