31 Jul Recursos Naturales anuncia inicio de la veda del carrucho
A partir del 1 de agosto al 31 de octubre, la captura de carrucho está prohibida en las aguas locales.
¿Por qué?
Para muchos, el carrucho es su opción predilecta a la hora de escoger un plato en un restaurante. Se estima que la pesca de esta especie constiyuye del 10-12 % de las capturas hechas por pescadores comerciales en la Isla. La captura intensa de esta especie ha causado que las poblaciones hayan disminuido. Para contrarrestar el efecto de la pesca intensa sobre el carrucho, se crean medidas que protejan esta especie. Por ejemplo, la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN) lo declara especie amenazada comercialmente en muchas áreas del Caribe y ha estado incluido en el listado de especies amenazadas del CITES desde 1992.
El ciclo de vida del carrucho, es uno de los factores que se utilizan a la hora de establecer parámetros de protección. Por ejemplo, protegemos la época de reproducción de la especie mediante una veda (prohibición) a la captura durante el periodo del 1 de agosto al 31 de octubre en nuestras aguas.
El Reglamento de Pesca 7949 del DRNA (artículo 8.23) establece lo siguiente; será ilegal que cualquier persona:
“Viole el período de veda del carrucho común o rosado (L. gigas) del 1 de agosto al 31 de octubre de cada año o durante el tiempo que el Secretario determine. Todo pescador comercial, vendedor o pescadería tendrá hasta el 7 de agosto de cada año para liquidar los abastos en existencia de dicha especie. Las personas que lo importen deberán demostrarlo mediante recibo de compra”.
Proteger nuestros recursos naturales es responsabilidad de todos; exhortamos a no consumir carrucho local durante el periodo de veda.
Reporte cualquier actividad ilegal de pesca al Cuerpo de Vigilantes (787) 815-1575, 787-724-5700.
Usted puede aprender más sobre esta y otras regulaciones de pesca en esta ilustración.
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