REGLAMENTO PARA LA VENTA DE MARBETES
REGLAMENTO PARA LA VENTA DE MARBETES EN EL PROCESO DE INSCRIPCIÓN DE EMBARCACIONES A TRAVÉS DE ENTIDADES COLABORADORAS, PROMULGADO POR EL DEPARTAMENTO DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTALES
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
Departamento de Recursos Naturales y Ambientales
AVISO IMPORTANTE
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REGLAMENTO PARA LA VENTA DE MARBETES EN EL PROCESO DE INSCRIPCIÓN DE EMBARCACIONES A TRAVÉS DE ENTIDADES COLABORADORAS, PROMULGADO POR EL DEPARTAMENTO DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTALES
El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, de conformidad con la Sección 2.1 de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, publica este Aviso para la promulgación del Proyecto de Reglamento arriba mencionado.
Este Reglamento tiene el propósito de implantar las disposiciones de la Ley Núm. 430 de 21 de diciembre de 2000, según enmendada, conocida como la “Ley de Navegación y Seguridad Acuática de Puerto Rico” relacionadas con la venta de marbetes en el proceso de renovación de inscripción de embarcaciones a través de entidades colaboradoras.
El texto del Reglamento propuesto estará disponible durante días y horas laborables en la Oficina del Comisionado de Navegación en el Piso 8 del Edificio Dr. Cruz A. Matos, localizado en el Sector El Cinco, carretera núm. 8838 Km. 6.3 Río Piedras, Puerto Rico.
Las personas interesadas podrán someter sus comentarios y sugerencias, por escrito, dentro de los 30 días siguientes a la publicación de este Aviso, dirigiendo su correspondencia a:
Comisionado de Navegación
Departamento de Recursos Naturales y Ambientales
P.O. Box 366147
San Juan, Puerto Rico 00936
Este Aviso y el texto del Reglamento lo puede encontrar en nuestra página en la Red en la siguiente dirección electrónica: www.drna.gobierno.pr
Javier Vélez Arrocho
Secretario